Cargar con una deuda que vemos incrementarse año tras año, sin ser capaces de hacer nada por liquidarla por falta de medios, es algo capaz de bloquear completamente a cualquiera. La Ley de Segunda Oportunidad es el mecanismo que tienen las personas físicas para paliar y combatir este tipo de situaciones.
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¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?
Para responder a qué es la Ley de Segunda Oportunidad no hay nada mejor que acudir a la misma norma. Este recurso legal para la negociación de deudas se regula por la Ley 25/2015, de 28 de julio, de Mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social. Y ya en su mismo enunciado aparecen varios aspectos de suma importancia. Te lo explicamos.
- Tiene rango de ley, lo que implica que opera a nivel nacional, y que cualquier otra normativa de menor rango queda obligada a respetarla.
- Se trata de un mecanismo, por lo que se le supone una utilidad práctica y efectiva para cumplir con su propósito. Es decir, que se trata de algo que puede producir el efecto buscado en un plazo razonablemente corto.
- Reducción de carga financiera. Aquí se define el objetivo, que es aliviar el peso que sobre su economía tiene para una persona física la deuda que viene soportando. Se trata de que esta no represente un freno insalvable para recuperarse de una situación mala, e incluso estar en disposición de volver a poner en marcha iniciativas económicas viables.
- Tiene un carácter social. No se trata de buscar un beneficio individual sino que se enfoca al bien común, tratando de contentar en lo posible a todas las partes implicadas y con el objetivo de mantener un flujo económico que favorezca a toda la comunidad.
Por lo tanto, lo que conocemos como Ley de Segunda Oportunidad se puede definir como una herramienta legal que procura a las personas físicas una vía de negociación, cancelación o resolución de las deudas contraídas y que no pueden pagar por circunstancias sobrevenidas. Su aplicación deben permitir el alivio de las deudas que se soportan, bien en cuantía, o bien gracias a su fraccionamiento y aplazamiento, siendo esto vinculante para todas las partes implicadas y procurando un beneficio general.
¿Cómo demostrar que no podemos pagar nuestras deudas?
La gran novedad que introdujo esta ley es que, hasta el momento de su entrada en vigor, solo podían acogerse a una negociación de deudas amparada por preceptos legales vinculantes las personas jurídicas o empresas. A partir de su puesta en marcha, en 2015, esta posibilidad se extiende a las personas físicas, familias y profesionales autónomos cuyas deudas no superen los 5 millones de euros y ante la imposibilidad de pagar. Pero, ¿Cómo se demuestra esto?
En primer lugar, hemos de partir de la base de que para que el mecanismo pueda ser aplicable, el deudor ha de serlo de buena fe. Es decir, que su imposibilidad para pagar tiene que derivarse de circunstancias sobrevenidas e imprevistas, que en el momento de adquirir el compromiso de la deuda no existieran. Para eso se establece como necesaria la estimación del periodo de los cuatro años anteriores.
Y, para determinar esta situación, la ley establece una serie de índices y parámetros en los que el principal es la Renta de Efectos Múltiples Anual de catorce pagas, así como unos factores a aplicar sobre este que establecen lo que denominamos el umbral de exclusión. Además, estos índices se ven modificados en función de determinadas características basadas en la composición familiar.
Así pues, la forma de demostrar que no se puede hacer frente a una deuda consiste en evaluar todos los ingresos existentes y el monto de la deuda principal más los intereses que quedan por liquidar. De ese modo se verifica que la persona física o unidad familiar entra o no dentro de los baremos establecidos para a aplicación de la ley.
Los requisitos de la Ley de Segunda Oportunidad
Esta norma no tiene como finalidad librar de los pagos a quien no ha sido buen pagador, sino aliviar de su carga a quien ha demostrado responsabilidad y, solo por circunstancias imprevistas, se ha visto en la necesidad de suspender el cumplimiento de sus obligaciones. Por tanto, para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad es importante el historial de crédito, así como no ser culpable o haber sido condenado por delitos patrimoniales o de falsedad documental en los últimos diez años.
Entre otra serie de requisitos adicionales cabe destacar que, para que una persona física pueda acogerse a los mecanismos y beneficios que brinda esta ley, ha de haber intentado, antes del juicio, llegar a un acuerdo extrajudicial con cada uno de los acreedores implicados. Con todos, en efecto; hemos de tener presente que la deuda se estima en su totalidad.
¿Qué deudas se pueden cancelar?
En un principio, la ley solo era aplicable a deudas hipotecarias, créditos garantizados y otros tipos de créditos privados. Sin embargo, esto dejaba fuera una serie de deudas vitales para muchos autónomos, como son las contraídas con la Seguridad Social y la Hacienda Pública.
Por lo tanto, a partir de una sentencia del Tribunal Supremo de 2019, estas deudas también se incluyen entre las amparadas por la ley. En estos casos se puede llegar a una quita de hasta el 70 % y un aplazamiento de las cantidades restantes de 5 años.
Otros aspectos a tener presentes
La puesta en marcha de un procedimiento relacionado con deudas y segunda oportunidad tiene un efecto importante sobre las negociaciones, ya que los acreedores están obligados a ofrecer en la negociación fórmulas viables para la liquidación de las deudas. Esto significa que deben incluir quitas parciales significativas, y un aplazamiento fraccionado del pago del montante que reste. De no hacerlo así y llegarse a la vía judicial, el juez podría decretar la exoneración total de la deuda.
La Ley de Segunda Oportunidad nació como medida urgente, con el fin de incentivar la recuperación económica tras una prolongada crisis. Sin embargo, hoy pervive y ampara a multitud de personas físicas que, por circunstancias ajenas a su voluntad, se encuentren en problemas. No obstante, lo mejor antes de lanzarse a un procedimiento de este tipo es estudiar cada caso particular. Para ello, estamos a disposición de quien lo necesite. ¡Contacta con nosotros! En nuestro despacho de Abogados Reyes y Rodríguez somos especialistas en derecho de segunda oportunidad y estaremos encantados de ayudarte a cancelar todas tus deudas.
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