¿Qué es un despido improcedente?

Ene 13, 2022

El despido es la decisión que toma el empresario en virtud de la cual decide prescindir de uno o varios de sus trabajadores. Existen diferentes tipos de despidos, por lo que resulta fundamental saber cuándo un despido es improcedente.

¿Qué es un despido improcedente?

Este tipo de despido es la decisión unilateral del empresario de prescindir de los servicios de uno de sus trabajadores. Sin embargo, en él no concurren los requisitos exigidos por la legislación española, debiendo ser declarada la improcedencia por el juez competente. Es fundamental, por tanto, conocer si se está dando un caso de este tipo para contactar con un abogado de despido improcedente.

En definitiva, la improcedencia de la extinción de la relación contractual ocurre cuando no concurren los requisitos establecidos en los artículos 52 y 53 del Estatuto de los Trabajadores. Por otro lado, sus consecuencias y su desarrollo se encuentran regulados en el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores.

 

Causas de un despido improcedente

De acuerdo con el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores, el despido será procedente cuando esté justificado por las siguientes causas:

  • Desobediencia del trabajador: cuando el trabajador incumple gravemente las obligaciones de las que es titular podrá ser despedido de forma procedente.
  • Ausencias o retrasos injustificados al puesto de trabajo: las faltas al puesto de trabajo y los retrasos justificarán la procedencia de la extinción del contrato de trabajo, siempre que estas no estén justificadas. Aun así, cuando las faltas al trabajo sean justificadas pero estas lleguen al 20 % de las jornadas laborales en dos meses consecutivos, también habrá procedencia.
  • Causas económicas o técnicas: cuando la empresa experimenta pérdidas o hay cambios en los sistemas de producción, la destitución estará justificada y será procedente.
  • Disminución del rendimiento del trabajador: solo será procedente el cese del trabajador cuando la disminución de su rendimiento sea grave, continuada y se dilate en el tiempo.
  • Acoso: el acoso a otros compañeros justificará la destitución del trabajador.
  • Ineptitud del trabajador: es decir, cuando el trabajador no es competente o no cumple con lo que se espera de él. Sin embargo, esta ineptitud deberá aparecer después de la firma del contrato de trabajo, ya que, en caso de que esta fuera anterior a la formalización del contrato, esta no justificará el despido.
  • Inadaptación del trabajador a cambios en la empresa: a veces, en las empresas tienen lugar modificaciones técnicas que hacen necesaria la adaptación de los trabajadores. Sin embargo, hay empleados que no son capaces de adaptarse a estos cambios. En cualquier caso, el empresario deberá ofrecer la formación necesaria al trabajador para que este se adapte. Si a pesar de dicha formación el empleado no es capaz de adaptarse a los cambios en un tiempo de, como mínimo, dos meses desde la introducción de la modificación, el despido será procedente.

Además, se deberán cumplir ciertos requisitos formales regulados en el artículo 53 del Estatuto de los Trabajadores. Son los siguientes:

  • Comunicación por escrito del despido al trabajador indicando el porqué del mismo.
  • Indemnizar cuando corresponda al trabajador y poner a su disposición el dinero de dicha indemnización en un plazo de 20 días, así como el finiquito.
  • Realizar la destitución del empleado con un plazo de preaviso de, al menos, 15 días desde que fue entregada la carta de despido.
  • Cuando se trata de un despido disciplinario, este ha de estar justificado de acuerdo con lo establecido en el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores.
  • Cuando se trata de un despido colectivo, es obligatorio que se lleve a cabo un periodo de consultas.

Si no se cumplen estos requisitos, tanto las causas que justifican el despido como los requisitos formales, este podrá ser declarado improcedente. No obstante, se ha de tener en cuenta que será el juez competente el que determinará la improcedencia del despido, de acuerdo con los derechos por despido improcedente del trabajador.

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¿Qué hacer ante un despido improcedente?

En caso de no estar de acuerdo con su cese, el trabajador podrá firmar la carta de despido con »no conforme» y, después, recurrir a los tribunales. Así pues, el trabajador deberá acudir al juzgado e interponer una demanda por improcedencia de la extinción del contrato. En esta deberá solicitar que el juez declare el despido como improcedente.

Después habrá un acto de conciliación. Este es el paso previo al juicio por improcedencia. Durante el acto de conciliación, empresa y trabajador podrán llegar a un acuerdo, en cuyo caso no será preciso acudir a juicio. Sin embargo, si no se llega a ningún acuerdo, ambas partes irán a juicio y allí se dirimirá la cuestión.

Si el juez competente dicta sentencia en la que determina que la rescisión del contrato de trabajo es improcedente, el trabajador podrá optar entre las siguientes consecuencias:

  • Readmisión: el trabajador podrá optar por ser readmitido en su antiguo puesto de trabajo de forma inmediata. Además, tendrá derecho a que le sean pagados los meses en los que estuvo desempleado.
  • Indemnización económica: el trabajador podrá elegir que la empresa pague la indemnización por improcedencia, cuya cuantía asciende a 33 días de sueldo por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades.

Aunque para el acto de conciliación no es obligatoria la presencia de un abogado, lo ideal es contar con uno durante todo el proceso, no solo durante el juicio.

 

Indemnización por despido improcedente

Cuando se declara la improcedencia, el trabajador tendrá derecho a una indemnización económica de 33 días por año por despido improcedente. Así pues, el trabajador cobrará 33 días de salario por cada año trabajado con un máximo de 24 mensualidades.

 

Despido improcedente y paro

Tras el cese, el trabajador se encuentra en situación legal de desempleo. Esto quiere decir que el empleado cesado tendrá derecho a percibir paro, siempre y cuando cumpla los requisitos exigidos legalmente. En definitiva, existen derecho a paro por despido improcedente.

Ahora que ya tienes claro cuando un despido es improcedente, en caso de que te veas en esta situación es fundamental que contactes con algún abogado que te informe sobre tus derechos o en qué consiste la indemnización que te corresponde.

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