El proceso de adopción internacional

Abr 18, 2024

La adopción internacional es un proceso mediante el cual individuos o parejas se convierten en padres legales de menores de edad nacidos en otro país. Este procedimiento implica una serie de pasos legales y administrativos diseñados para garantizar el bienestar del menor y cumplir con las normativas tanto del país de origen del niño como del país adoptivo. 

A menudo las parejas esperan realizar un proceso de adopción internacional rápida; sin embargo, es importante conocer las implicaciones profundas del proceso, los principios que lo rigen y la normativa en la que se enmarca, para que las expectativas se ajusten a la realidad. 

 

Principios que rigen la adopción internacional

Los principios generales de la adopción internacional se fundamentan en dos marcos legales clave: la Convención de las Naciones Unidas relativa a los Derechos del Niño de 1989 y la Convención de La Haya de 1993 sobre protección del niño y cooperación en materia de adopción internacional. 

Estos documentos establecen un conjunto de principios y derechos que deben guiar cualquier acción relacionada con menores, especialmente aquellos en situación de desprotección. La adopción, tanto nacional como internacional, se considera una medida de protección que prioriza el interés superior del menor, descartando cualquier otro interés ajeno a este. La Convención de Derechos del Niño enfatiza el principio de subsidiariedad de la adopción internacional, señalando que debe ser considerada como última opción después de haber explorado todas las medidas de protección posibles en el país de origen del menor. 

Además, el menor debe ser considerado adoptable por su país de origen, tener residencia habitual en el extranjero y ser trasladado a España solo después de que su adopción haya sido formalizada en su estado de origen. El proceso se estructura para garantizar de manera efectiva el respeto por el interés superior del niño y la protección íntegra de sus derechos.

 

Menores que pueden ser adoptados

Según el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030:

El menor adoptable es aquel que no solo reúne las condiciones legales para ello sino que, además, sus circunstancias personales, psicológicas y sociales así lo recomiendan. Es importante poder distinguir entre menor necesitado de una medida de protección institucional y menor adoptable. Existen muchos menores «necesitados de protección» pero no todos ellos son adoptables.

Es necesario, por lo tanto, distinguir entre menores necesitados de protección y menores adoptables. Veamos la diferencia: Además de cumplir los requisitos legales para la adopción, un menor adoptable cuenta con unas condiciones personales, psicológicas y sociales que sugieren que la adopción es recomendable para su bienestar. 

Sin embargo, un menor necesitado de protección es aquel que está en situación de vulnerabilidad aunque no es necesariamente apto para la adopción. Para ser considerado adoptable, un menor debe haber sido evaluado exhaustivamente por una autoridad competente, que verifica su disponibilidad legal y evalúa sus necesidades y bienestar. Este proceso asegura que la adopción sea en el mejor interés del menor, después de considerar otras opciones de cuidado. 

 

Personas que pueden ofrecerse para una adopción internacional

Los candidatos a la adopción internacional deben cumplir con una serie de requisitos y características esenciales para garantizar el bienestar del menor. Primordialmente, deben reconocer que el interés superior del menor es lo más importante: la adopción debe satisfacer las necesidades del niño y no otros intereses. Esto incluye la capacidad de atender y comprender las necesidades afectivas, de salud, y la historia personal del menor, teniendo en cuenta su edad y las circunstancias previas a la adopción. 

Adicionalmente, los requisitos de adopción internacional serían:

  • Cumplir con los requisitos legales específicos del país de origen del menor y del país receptor. 
  • Superar un proceso de evaluación psicosocial. 
  • Demostrar estabilidad económica y emocional. 
  • Mostrar compromiso con el proceso de adopción. 
  • Estar dispuestos a mantener y fomentar la cultura de origen del menor.

 

Certificado de Idoneidad

El Certificado de Idoneidad es el primer paso formal en el camino hacia la adopción internacional y marca el inicio del compromiso de los solicitantes para proveer un hogar y una familia a un menor en necesidad. Acredita que los solicitantes están calificados para ser padres adoptivos según los criterios establecidos por la legislación aplicable. Este certificado es emitido por las autoridades competentes tras un exhaustivo proceso de evaluación que incluye aspectos psicosociales, económicos y de salud, entre otros. 

 

Países de origen abiertos a la adopción internacional para ciudadanos/as españoles/as

Si estáis considerando la adopción internacional como vía para ampliar la familia, es importante que empecéis consultando la lista actualizada de países de adopción internacional en España.  Esta información os permitirá estar al tanto de las opciones legítimas y vigentes para vuestro proceso de adopción. 

Los requisitos específicos de cada país de origen, incluyendo restricciones de edad, estado civil y otros criterios, son importantes para los adoptantes potenciales. La situación política y social del país, así como el perfil de los menores disponibles para adopción, pueden influir significativamente en el proceso y los tiempos de espera.

Es fundamental que solo intervengan en el proceso los organismos autorizados y acreditados ya que esta es la manera de asegurar que se cumplan todos los requisitos y protecciones legales para los menores y las familias adoptivas. 

 

Derecho de familia

Derecho de familia

 

Organismos Acreditados de Adopción internacional (0AA)

Los Organismos Acreditados de Adopción Internacional (OAA) actúan como intermediarios entre las personas interesadas en adoptar y las autoridades de los países de origen de los menores. Estas agencias de adopción internacional, sin ánimo de lucro y acreditadas por la Administración General del Estado, se aseguran de que todas las fases de la adopción se lleven a cabo conforme a la ley, ofreciendo seguridad y transparencia a todas las partes involucradas.

Una vez hayáis obtenido el certificado de idoneidad, deberéis contratar los servicios de un OAA para avanzar en el proceso. Estos organismos, además de estar inscritos en el registro correspondiente y contar con los medios necesarios para cumplir con sus funciones, deberán poseer una acreditación estatal y la autorización del país donde operan.

Entre sus principales funciones se incluyen:

  • Información y asesoramiento
  • Tramitación del expediente
  • Soporte durante la estancia en el país de origen
  • Seguimiento post-adopción

Consulta la relación de Organismos Acreditados para la Adopción Internacional del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.

 

Normativa sobre la adopción internacional

¿Quieres saber si hay alguna ley de adopción internacional? Lo cierto es que en España, el marco normativo de la adopción internacional se configura como un sistema complejo y multinivel, con el objetivo de garantizar el bienestar y la protección de los niños y niñas involucrados en este proceso. A continuación, se presenta un resumen de los diferentes niveles normativos:

Nivel internacional.
Convenio de La Haya de 1993: Este tratado internacional establece los principios y normas básicas para la adopción internacional, con el objetivo de proteger a los niños y niñas de la explotación y el tráfico ilegal.

Nivel estatal.
Ley Orgánica 1/1996, de Protección Jurídica del Menor: Esta ley establece los principios generales de la protección de la infancia en España, incluyendo la adopción.
Ley 26/2015, de modificación del Sistema de Protección a la Infancia y a la Adolescencia: Esta ley introduce modificaciones en la normativa anterior, con el objetivo de mejorar la protección de los niños y niñas.
Ley 54/2007, de Adopción Internacional: Esta ley regula de forma específica el proceso de adopción internacional en España.

Nivel autonómico. Cada Comunidad Autónoma tiene su propia normativa en materia de adopción, que debe ser compatible con la normativa estatal.

 

Itinerario para el proceso de adopción internacional

Como estamos viendo, la adopción internacional es un proceso complejo que abarca varias etapas, desde la presentación del ofrecimiento (o solicitud de adopción internacional)  hasta el reconocimiento de la adopción en España, pasando por el envío de informes de seguimiento al país de origen. A continuación mencionamos los trámites para adopción internacional desde que comienza el proceso hasta su finalización: 

  1. Información y preparación.
  2. Valoración de idoneidad.
  3. Obtención del Certificado de Idoneidad.
  4. Elección de la vía de tramitación.
  5. Preparación del expediente en España.
  6. Legalización y autenticación de documentos.
  7. Envío del expediente al país de origen.
  8. Recepción de la propuesta de asignación.
  9. Visto bueno de la Comunidad Autónoma.
  10. Aceptación/Rechazo de la propuesta.
  11. Viaje al país de origen para la constitución de la adopción.
  12. Trámites ante el Consulado español.
  13. Llegada del menor a España.
  14. Inscripción de la adopción en España.
  15. Informes de seguimiento postadoptivo.
  16. Apoyo postadoptivo y mediación para la búsqueda de orígenes.

 

 

En definitiva, el proceso de adopción internacional se caracteriza por tener cierta complejidad y por la necesidad de seguir cuidadosamente una serie de etapas. En Reyes y Rodríguez Abogados en Las Palmas  creemos que, para las familias interesadas en embarcarse en este viaje, es fundamental tener una comprensión clara de todo el proceso. De ahí la importancia de contar con la orientación y el apoyo de profesionales expertos; su conocimiento y experiencia son clave para tramitar adecuadamente los requisitos administrativos, legales y emocionales que implica esta decisión. ¡No dudes en ponerte en contacto con nosotros, te acompañamos en el proceso de manera personalizada!

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