Cuando nos encontramos con personas incapaces de gestionar su patrimonio o cuidar de sí mismas, como los menores de edad o los incapacitados judicialmente, es cuando se hacen necesarias figuras jurídicas como la tutela y la curatela. La curatela es un sistema de protección para personas que no tienen plena capacidad de obrar. En estos casos, debe designarse a alguien que se haga responsable, que complemente la capacidad de la otra persona y la ayude a tomar buenas decisiones.
Objetivos de la curatela
El significado de curatela y su objetivo principal es proteger los intereses del incapaz, guardar y proteger a la persona y sus bienes o solamente a la persona o a los bienes, según el artículo 215 de nuestro Código Civil. El curador, la persona que administra, autoriza al incapacitado para realizar determinados actos (como vender propiedades o gastar su dinero), debido a que este tiene limitadas sus actuaciones en materia jurídica y económica.
¿En qué consiste la curatela?
La curatela es una figura jurídica que consiste en la designación de un curador que complementa la capacidad del incapaz para que pueda realizar ciertos actos que no puede hacer por sí mismo. En esencia, la curatela se define como una medida de protección y asistencia para aquellas personas que no pueden tomar decisiones autónomas debido a limitaciones físicas, mentales o legales.
Cómo se instituye la curatela
Es una autoridad judicial la que decidirá cuándo es necesario instituir una curatela, para qué actos será necesaria la autorización mencionada antes y sobre qué persona recaerá la función de curador legal. Se produce de oficio, pero los parientes, cualquier persona conocedora de la situación del menor o incapaz, o el Ministerio Fiscal, pueden dar a conocer lo que sucede con el fin de establecer una curatela. Se designará al curador según un orden de preferencia:
- En primer lugar: La persona que designe el menor o incapaz.
- En segundo lugar: El cónyuge que conviva con él.
- En tercer lugar: Los padres.
- En cuarto lugar: La persona nombrada por los padres en un testamento o en las disposiciones de última voluntad.
- Por último: El descendiente, ascendiente o hermano que el juez considere conveniente.
No es obligatorio que sean estas personas, ni tampoco que se haga en ese orden. El juez puede alterar el orden o escoger a una persona distinta si cree que eso es lo mejor para el menor o incapacitado.
Tipos de Curatela
En nuestro ordenamiento existen tres tipos de curatela diferentes:
- Curatela de los emancipados y menores de edad: Sustituye a la patria potestad.
- Curatela de los pródigos: Tiene la finalidad de limitar la capacidad de obrar en el ámbito patrimonial, pero no de declarar a nadie como incapaz.
- Curatela de los incapacitados: Impuesta por un juez respecto a unos actos concretos en función del grado de autogobierno de cada persona.
¿Qué personas están sujetas a curatela?
Como nos explica el artículo 286 y siguientes de nuestro Código Civil, las personas sujetas a curatela son las siguientes:
- Menores de edad emancipados: Cuando los padres hayan fallecido o no puedan hacerse cargo de la patria potestad.
- Menores con beneficio de la mayoría de edad: Aquellos a los que se les haya concedido la mayoría de edad sin tenerla porque lo han solicitado y reúnen una serie de requisitos.
- Declarados pródigos: Personas que malgastan su dinero sin control.
- Declarados Incapaces mediante una Resolución Judicial: Personas que han sido declaradas incapaces por un juez.
¿Qué funciones tiene el curador?
En los casos en que la curatela se establezca para menores o pródigos, bastará con que el curador legal actúe cuando aquellos no puedan. Al tener limitada su capacidad de obrar, dependerán de su curador para hacer y deshacer.
En cambio, cuando se trate de incapacitados, la sentencia declarará en qué actos debe intervenir el curador. De no especificarlo, entenderemos que su intervención se extiende a actos como celebrar contratos o arrendar inmuebles, lo relacionado con préstamos, movimientos vinculados a bienes inmuebles, locales, objetos de gran valor, etcétera.
El curador tendrá que rendir cuentas ante la autoridad judicial que le nombró, ya que esta supervisará todas sus actuaciones respecto al incapacitado o menor. Esto aporta mucha seguridad jurídica a esta institución, ya que las acciones del curador van a ser examinadas para asegurar el bienestar del sometido a curatela. No debemos olvidarnos de que esta persona debe ser de confianza, tener buena relación con el menor o incapaz y ser sensato y diligente.
Extinción de la curatela
La extinción de la curatela puede venir motivada por el curador o por el menor o incapaz. Se puede apartar al curador legal de su función cuando sufra una inhabilidad sobrevenida, se desempeñe mal en el cargo, incumpla sus deberes, tenga una notoria ineptitud o la convivencia con la persona a la que protege dé lugar a problemas graves y continuados.
También puede ocurrir que desaparezca la causa que motivó la curatela: por ejemplo, cuando los menores o emancipados cumplan los 18 años, cuando el incapacitado recupere plenamente su capacidad de obrar, se adopte o fallezca el sujeto a curatela, o se eliminen los efectos de la sentencia que declaró la incapacidad o la prodigalidad.
Diferencias entre curatela y tutela
Las diferencias entre tutela y curatela son más nítidas de lo que parece. La primera diferencia que encontramos entre estas dos figuras es que el sujeto a curatela es capaz solo parcialmente o tiene capacidad limitada. Mientras tanto, el tutelado es totalmente incapaz.
Por otro lado, en la curatela, el curador no puede tomar la iniciativa para realizar actos con los bienes del sometido a curatela: solo complementa la capacidad limitada y autoriza a llevarlos a cabo. De hecho, los actos que se realicen sin su consentimiento, cuando este sea obligatorio, son anulables por el propio curador o por el menor o incapacitado. El tutor, en cambio, puede tomar la iniciativa si considera que es beneficioso para el tutelado, sustituyéndole en algunos negocios. La clave es si se decide junto a la persona o se actúa por la persona.
La curatela tiene menor transcendencia que la tutela, ya que está concebida para ser un apoyo o protección. La tutela, por su parte, consiste en hacer todo en lugar del tutelado y pensando en su beneficio.
A pesar de que puede resultar complicado diferenciar la tutela y la curatela, creemos haber sentado las bases necesarias para entender este asunto. El significado jurídico de curatela es el de una institución basada en la confianza, cuya finalidad es cuidar y proteger tanto a la persona incapaz o menor como a sus bienes.
Curatela en el Derecho Civil
La curatela en derecho civil es una institución que proporciona protección jurídica a las personas que no pueden gestionar sus propios intereses. Este sistema de apoyo se rige por el Código Civil, que establece las normas y procedimientos para designar un curador y determinar sus funciones. La curatela judicial es, por tanto, una figura esencial en el derecho civil para garantizar que los incapaces reciban la asistencia necesaria para proteger sus derechos y patrimonio.
Curatela Judicial y Legal
La curatela judicial se refiere a la intervención de un juez en la designación y supervisión de un curador. En otras palabras, es el proceso mediante el cual un tribunal evalúa la situación de una persona incapacitada y determina la necesidad de un curador, estableciendo las competencias y limitaciones del mismo. Por otro lado, la curatela legal es el conjunto de normas y disposiciones que regulan esta figura en el ordenamiento jurídico, proporcionando un marco claro y estructurado para su aplicación.
Casos prácticos de curatela
Para ilustrar mejor en qué consiste la curatela, podemos analizar algunos casos prácticos:
- Curatela de un menor emancipado: Un menor de 16 años que ha obtenido la emancipación puede requerir la designación de un curador para gestionar ciertos aspectos de su patrimonio hasta alcanzar la mayoría de edad.
- Curatela de una persona con discapacidad intelectual: Un adulto con discapacidad intelectual que no puede tomar decisiones complejas por sí mismo puede ser sometido a curatela, con un curador que le asista en la administración de su patrimonio y asuntos legales.
- Curatela de un pródigo: Una persona que desperdicia su dinero de manera irresponsable puede ser declarada pródiga y sometida a curatela para limitar su capacidad de obrar en asuntos económicos, con el fin de proteger su patrimonio.
Beneficios y limitaciones de la Curatela
La curatela, como cualquier medida legal, tiene sus ventajas y desventajas. A continuación, exploramos sus principales beneficios y limitaciones:
Beneficios de la curatela
- Protección jurídica: La curatela proporciona un marco legal para proteger los intereses de las personas incapaces, asegurando que sus decisiones sean tomadas en su mejor interés.
- Asistencia personalizada: Al asignar un curador, se asegura que la persona incapaz recibe asistencia adaptada a sus necesidades específicas, ya sea en la gestión de sus bienes, decisiones personales o ambas.
- Supervisión judicial: La intervención de la autoridad judicial en la designación y supervisión del curador garantiza transparencia y rendición de cuentas, evitando abusos o malas prácticas.
- Flexibilidad: La curatela puede ser ajustada a las circunstancias particulares de cada individuo, permitiendo diferentes grados de intervención según sea necesario.
Limitaciones de la curatela
- Pérdida de autonomía: A pesar de que la curatela está diseñada para ayudar, puede llevar a una reducción significativa de la autonomía del individuo sujeto a curatela.
- Procesos judiciales largos: Establecer una curatela puede ser un proceso largo y complicado, involucrando procedimientos judiciales que pueden ser estresantes para todas las partes involucradas.
- Potencial de conflicto: La designación de un curador y las decisiones sobre la extensión de su poder pueden generar conflictos entre familiares y allegados del incapaz.
- Costo: Los procesos judiciales y la supervisión continua pueden generar costos significativos, tanto en términos de tiempo como de dinero.
Estrategias para una curatela efectiva
Para garantizar que la curatela sea efectiva y respete los derechos del incapaz, se pueden implementar varias estrategias:
- Evaluaciones periódicas: Realizar evaluaciones periódicas para asegurar que la curatela sigue siendo necesaria y adecuada, y ajustar el nivel de intervención según sea necesario.
- Formación de curadores: Proporcionar formación y recursos a los curadores para que comprendan mejor sus responsabilidades y cómo cumplirlas de manera efectiva.
- Participación activa del incapaz: Involucrar al incapaz en la medida de lo posible en las decisiones que afectan su vida, respetando su capacidad de elección y autonomía.
- Supervisión y rendición de cuentas: Mantener una supervisión continua y exigir rendición de cuentas por parte del curador para garantizar que sus acciones beneficien al incapaz.
La curatela es una figura jurídica esencial para proteger a las personas que no pueden gestionar sus propios intereses. A través de la designación de un curador, se garantiza que estas personas reciban la asistencia y protección que necesitan. Sin embargo, es crucial equilibrar la protección con el respeto a los derechos y la autonomía del incapaz. ¿Buscas un abogado en Las Palmas? En Abogados Reyes & Rodríguez, estamos comprometidos a ofrecer asesoramiento experto en cuestiones de curatela y otras áreas del derecho de familia. Si necesitas ayuda o tienes dudas sobre qué es una curatela judicial o legal, no dudes en contactar con nosotros para obtener la mejor orientación y apoyo.
Hola, tengo una amiga que tiene una cura tela, su curador es su hermana. En enero solicito verse libre de la curatela, y en julio de este año estuvo con el fiscal para revocar la curatela, ha visto, al pedir estratos de sus cuentas que están disponiendo de su dinero y le han dicho que como ha pedido la revocación de la curatela, el curador no tiene que presentar las cuentas anuales, esto es Así?
Gracias por contactar con nuestro despacho.
El curador tiene la obligación de presentar una rendición periódica de cuentas así como mostrar la rendición de cuentas cada vez que lo solicite el Ministerio Fiscal. Además, curador debe hacer un inventario del patrimonio de la persona representada anualmente.
La extinción de la curatela tiene lugar por la muerte o declaración de fallecimiento de la persona discapacitada. También por resolución judicial, si se cambia la situación por otra medida de apoyo o se entiende que ya no es necesaria, al cesar en sus funciones deberá rendir ante ella la cuenta general justificada de su administración en el plazo de tres meses.
Esperamos que hayamos aclarados sus dudas, si tiene alguna inquietud más no dudes en ponerte en contacto con nosotros, estaremos encantados de ayudarte.
Saludos cordiales.