El delito de maltrato animal, tipificado en el Código Penal, aborda las acciones que causan sufrimiento, dolor o daño injustificado a los animales. Esta disposición legal pretende proteger a los seres vivos que comparten nuestro entorno, estableciendo sanciones para quienes infringen esta normativa. El maltrato animal no se limita únicamente al ámbito doméstico, sino que también incluye casos de crueldad hacia animales salvajes, así como situaciones de abandono y negligencia.
Marco legal del maltrato animal en España: evolución legislativa
La evolución legislativa en España en relación al maltrato animal ha sido significativa, marcada por importantes reformas que han llevado a la tipificación del maltrato animal como delito en el Código Penal español.
Hasta llegar al actual Artículo 337 del Código Penal (en adelante CP), la versión de 1995 recogía el maltrato animal como una mera falta, castigada con pena de multa, según lo establecido en el Artículo 632.
La Ley Orgánica 15/2003 de 25 de noviembre introdujo por primera vez el maltrato animal como delito en el Código Penal español. Esta reforma fue el resultado de las presiones realizadas por ciertas asociaciones protectoras de animales, que en febrero de 2002 presentaron cerca de 600,000 firmas ante las Cortes solicitando la tipificación del maltrato animal como delito. Este movimiento surgió como consecuencia de los horribles actos de violencia ocurridos en la perrera de Tarragona en 2001, donde 15 perros resultaron gravemente mutilados.
Posteriormente, el Artículo 337 fue nuevamente reformado por la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio. Finalmente, la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, modificó una vez más el artículo 337 del Código Penal. Estas reformas reflejan el compromiso del legislador español con la protección y el bienestar de los animales en la sociedad.
Clasificación del maltrato animal
El maltrato animal se puede clasificar en diferentes tipos y también según la gravedad de las infracciones, que incluyen maltrato leve, grave y muy grave. A continuación, se detallan estas categorías con ejemplos de comportamientos que caen en cada una:
Maltrato básico
- Se refiere a acciones que causan sufrimiento o daño a un animal sin circunstancias agravantes significativas.
- Ejemplos: Abandono de mascotas, negligencia en la alimentación, falta de atención veterinaria, confinamiento en espacios reducidos.
Maltrato agravado
- Implica circunstancias especialmente graves que aumentan el sufrimiento del animal.
- Ejemplos: Actos de violencia física extrema como golpear, apuñalar o quemar al animal, participación en peleas de animales, mutilación intencional.
Según la gravedad de las infracciones
- Maltrato leve: Conductas que causen molestias o malestar al animal, pero sin provocar lesiones graves.
Ejemplo: Dejar al animal encerrado durante un corto período de tiempo sin acceso a agua o comida.
- Maltrato grave: Acciones que resultan en lesiones significativas o dolor intenso para el animal.
Ejemplo: Golpear repetidamente a un animal causándole fracturas o lesiones internas.
- Maltrato muy grave: Actos extremadamente crueles que causan sufrimiento extremo o la muerte del animal.
Ejemplo: Quemar intencionalmente a un animal vivo o mutilarlo de forma deliberada.
Sanciones por maltrato animal
Tipo básico del delito de maltrato animal
El delito de maltrato animal, en su tipo básico, se encuentra regulado en el apartado 1 del artículo 340 bis del Código Penal.
Consiste en causar a un animal doméstico, amansado, domesticado o que viva temporal o permanentemente bajo el control humano una lesión que requiera tratamiento veterinario para restablecer su salud, fuera de las actividades legalmente reguladas y por cualquier medio y procedimiento, incluidos los actos de carácter sexual.
Las penas serían:
- Prisión de 3 a 18 meses o multa de 6 a 12 meses.
- Inhabilitación especial de 1 a 3 años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales.
También puede consistir el tipo básico en causar este tipo de lesiones a un animal vertebrado no incluido entre los anteriores, en cuyo caso las penas serían:
- Prisión de 3 a 12 meses o multa de 3 a 6 meses.
- Inhabilitación especial de 1 a 3 años para el ejercicio de la profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales.
Se contempla, además, la posibilidad de que si se ha cometido este delito mediante la utilización de armas de fuego, el juez o tribunal pueda imponer motivadamente la pena de privación del derecho a la tenencia y porte de armas por un tiempo de 1 a 4 años.
Tipo agravado del delito de maltrato animal
En el apartado 2 del artículo 340 bis encontramos una modalidad agravada del delito de maltrato animal, por la cual, corresponden las penas del apartado 1 en su mitad superior si concurre alguna de las siguientes circunstancias:
- La utilización de armas, instrumentos, objetos, medios, métodos o formas que pudieran resultar peligrosas para la vida o salud del animal.
- La ejecución del hecho con ensañamiento.
- Haber causado al animal la pérdida o la inutilidad de un sentido, órgano o miembro principal.
- Que el hecho haya sido realizado por su propietario o quien tenga confiado el cuidado del animal.
- La ejecución del hecho en presencia de un menor de edad o de una persona especialmente vulnerable.
- Haber ejecutado el hecho con ánimo de lucro.
- Haber cometido el hecho para coaccionar, intimidar, acosar o producir menoscabo psíquico a quien sea o haya sido cónyuge o a persona que esté o haya estado ligada al autor por una análoga relación de afectividad, aun sin convivencia.
- La ejecución del hecho en un evento público o difundirlo a través de tecnologías de la información o la comunicación.
- Haber utilizado veneno, medios explosivos u otros instrumentos o artes de similar eficacia destructiva o no selectiva.
El apartado 3 contiene otro tipo agravado de este delito, que es el que se produce cuando, con ocasión de los hechos del apartado 1, se causa la muerte de un animal doméstico, amansado, domesticado o que vive de forma temporal o permanente bajo el control humano.
Las penas son:
- Prisión de 12 a 24 meses.
- Inhabilitación especial de 2 a 4 años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales.
Si por los hechos del apartado 1 se causa la muerte de otro animal vertebrado no incluido entre los anteriores, las penas serán:
- Prisión de 6 a 18 meses o multa de 18 a 24 meses.
- Inhabilitación especial de 2 a 4 años para el ejercicio de la profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales.
En caso de que se haya cometido el delito utilizando armas de fuego, se podrá imponer motivadamente la pena de privación del derecho a tenencia y porte de armas por un tiempo de 2 a 5 años.
Tipo atenuado del delito de maltrato animal
El tipo atenuado de este delito está regulado en el apartado 4 del artículo 340 bis. En este caso, se establece que si las lesiones producidas no requieren tratamiento veterinario, o si se ha maltratado gravemente al animal pero no se le han causado lesiones, las penas serán:
- Multa de 1 a 2 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 1 a 30 días.
- Inhabilitación especial de 3 meses a 1 año para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales.
Delito de abandono de animales
El delito de abandono de animales se regula en el artículo 340 ter. Lo comete quien abandona a un animal vertebrado que está bajo su responsabilidad, en condiciones en que pueda peligrar su vida o integridad.
Las penas que se contemplan para este delito son:
- Multa de 1 a 6 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
- Inhabilitación especial de 1 a 3 años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales.
¿Quién se encargará del animal?
El cuidado de un animal maltratado puede ser responsabilidad de diferentes entidades o individuos, dependiendo de las circunstancias y la gravedad del caso. Algunas de las partes involucradas en el cuidado de un animal maltratado podrían incluir:
- Autoridades de protección animal: Organizaciones gubernamentales o agencias encargadas de hacer cumplir las leyes y regulaciones relacionadas con el bienestar animal pueden intervenir para rescatar al animal maltratado y proporcionarle atención veterinaria y refugio temporal.
- Organizaciones de rescate animal: Grupos de rescate y refugios para animales pueden colaborar con las autoridades para rescatar, rehabilitar y encontrar hogares para los animales maltratados.
- Profesionales veterinarios: Los veterinarios desempeñan un papel crucial en el cuidado y tratamiento de los animales maltratados, proporcionando atención médica y seguimiento para garantizar su recuperación.
- Voluntarios y cuidadores temporales: Personas que se ofrecen como voluntarios o cuidadores temporales pueden brindar atención adicional y cariño a los animales maltratados mientras esperan ser adoptados o colocados en hogares permanentes.
El delito de maltrato animal es una grave violación del bienestar de los seres vivos y, como tal, está sujeto a diversas sanciones legales según la gravedad de las acciones cometidas. La evolución legislativa en España ha demostrado un compromiso creciente con la protección de los derechos de los animales, tipificando el maltrato animal como un delito en el Código Penal y estableciendo penas proporcionales a la gravedad de las infracciones.
En Reyes & Rodríguez Abogados creemos que es responsabilidad de todos velar por el bienestar de cualquier ser vivo, incluidos nuestros compañeros animales.
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