A la hora de afrontar una ruptura matrimonial conviene tener claro qué es la pensión compensatoria.
En la actualidad, lo más común es que ambos miembros de la pareja trabajen para poder sostener los gastos de la familia. Sin embargo, todavía existen matrimonios en los que solo uno de los miembros trabaja fuera de casa y el otro dedica su tiempo en exclusiva al cuidado de la familia y el hogar. En caso de divorcio, quien no trabaja queda en una situación muy complicada desde el punto de vista económico. Con este fin, este tipo de pensión trata de dar solución a esta problemática. A continuación la explicamos en detalle en Abogados en las palmas
¿Qué es la pensión compensatoria?
Según el artículo 97 del Código Civil, es la cuantía que uno de los cónyuges tiene que abonar al otro en caso de ruptura matrimonial si esta situación genera un importante desequilibrio económico entre ambas partes. Algo que suele producirse cuando un miembro de la pareja ha ejercido como amo o ama de casa.
Hasta hace unas décadas era muy normal que las sentencias de divorcio hicieran referencia a este tipo de pensión que, generalmente, tenía que pagar el hombre a la mujer. Pero, en la actualidad, lo común es que ambos miembros de la pareja sean económicamente independientes el uno del otro, por lo que el número de pensiones compensatorias impuestas mediante sentencia o en convenio regulador ha disminuido drásticamente.
En todo caso, cuando se establece que esta debe abonarse, se convierte en una obligación ineludible para el deudor. Si no cumple con ella, el acreedor de la pensión puede iniciar acciones legales para conseguir cobrar lo que le corresponde.
Criterios para establecer la pensión compensatoria
Ha sido la jurisprudencia del Tribunal Supremo la que ha determinado los criterios que juzgados y tribunales deben tener en cuenta a la hora de establecer una pensión de este tipo.
Señala el Alto Tribunal que la cuantía abonada por un ex cónyuge al otro no es una indemnización y tampoco es un sistema que busque equilibrar el patrimonio de los implicados. Es una prestación económica que busca compensar el tiempo que el cónyuge que ha quedado en peor situación ha dedicado al cuidado de la familia y de la casa en lugar de estar trabajando.
Por ello, a la hora de determinar si existe o no derecho a percibir esta pensión, y la cuantía de la misma, se tienen en cuenta estos criterios:
- La situación de cada miembro de la pareja y su dedicación a la familia.
- El régimen económico matrimonial.
- Situación anterior al matrimonio a fin de evaluar si este ha tenido una incidencia directa en la situación de desequilibrio.
Si se considera que existe derecho a la pensión, se determinará la cuantía de la misma y si debe ser temporal o vitalicia.
Tipos de pensión compensatoria
Entre los requisitos de la pensión compensatoria se encuentra la existencia de una situación de desequilibrio económico entre los ex cónyuge. Pero, aún existiendo ese desequilibrio, no todas las pensiones de este tipo son iguales.
Pensión periódica
Era el modelo más común hasta hace unos años. En él, el deudor debía abonar mensualmente la cantidad fijada a quien había sido su cónyuge.
Dentro de esta modalidad se distinguen otras dos, la temporal y la vitalicia. En el primer caso se fija un límite de tiempo durante el que el deudor tiene que abonar la pensión. Agotado el mismo, se extingue su obligación.
En caso de pensión vitalicia el deudor tiene que abonar periódicamente la prestación durante toda la vida del acreedor, salvo que se produzca alguna de las causas que producen la extinción de la pensión compensatoria.
Pensión de pago único
En la actualidad muchas de las pensiones compensatorias acordadas se establecen en modalidad de pago único. No es infrecuente que este pago se haga cediendo toda o parte de la copropiedad de la vivienda familiar a quien tiene derecho a percibir la pensión.
Pensión compensatoria: cálculo, modificación y extinción
Para entender bien qué es la pensión compensatoria y cómo funciona, tenemos que prestar especial atención a cuestiones importantes como la determinación de su cuantía, posibles modificaciones de la misma y su extinción.
Cálculo de la pensión compensatoria
No existe un baremo para determinar la cuantía de la prestación, esto depende mucho de la situación de ambos ex cónyuges. Lo que sí permite el ordenamiento jurídico es que la cantidad venga determinada por acuerdo entre los interesados. Si no es posible dicho acuerdo, será el juez el que decida.
Para la determinación se tienen en cuenta factores como la edad del receptor, su capacidad para generar ingresos por sí mismo, sus ahorros, el nivel económico que tenía la pareja durante su matrimonio y la capacidad económica del obligado al pago.
Modificación de la pensión compensatoria
Si la pensión ha sido determinada mediante acuerdo, podemos modificarla de la misma manera. En caso contrario habrá que interponer una demanda y acreditar que ha habido cambios importantes en el patrimonio de alguna de las partes.
Ya sea por acuerdo entre los ex cónyuges o por decisión judicial, la cuantía de la pensión puede subir o bajar a lo largo del tiempo.
Extinción de la pensión compensatoria
Se puede dar por los siguientes motivos:
- Desaparición de la causa que motivó la concesión. Es decir, que desaparezca el desequilibrio económico entre las partes.
- Que el pensionista contraiga matrimonio o viva maritalmente con otra persona.
- Que fallezca el acreedor.
- Extinción del plazo (si es una pensión temporal).
El fallecimiento del deudor no extingue la obligación, pasando la misma a sus herederos. No obstante, estos pueden pedir al juez una modificación de la cuantía o la extinción de la misma si el caudal hereditario no es suficiente para satisfacer la deuda o si afectara a sus derechos en la legítima.
Entender qué es la pensión compensatoria es clave para comprender en qué casos es necesaria la misma y en cuáles no. Dado que sigue siendo un tema complejo, lo mejor es que ambas partes estén bien asesoradas legalmente en el momento de empezar los trámites del divorcio. ¿Tienes alguna duda sobre el proceso de divorcio o las diferentes pensiones aplicables en estos casos? Nosotros podemos ayudarte. ¡Contáctanos!
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